25/02/2013

El Consejo de Ministros aprueba la anunciada rebaja de las tasas judiciales


El Consejo de Ministros aprueba la anunciada rebaja de las tasas judiciales

Almudena Vigil.- El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el Real Decreto-ley por el que se modifican las cuantías de las tasas judiciales. El texto, que llega apenas un día después de finalizar el plazo para la presentación de recursos de inconstitucionalidad, supone una moderación general de la cantidad a liquidar por los ciudadanos, si bien sólo afecta a la parte variable del gravamen.

La principal novedad de la reforma es la reducción en un 80% de las tasas variables de forma general, pasando del 0,50% al 0,10%, reduciéndose también el límite máximo a pagar de 10.000 a 2.000 euros. Esta medida se aplicará en primera instancia, donde los órdenes social y penal ya estaban exentos. En los recursos de procedimientos de lo civil, contencioso-administrativo y social, se produce la misma rebaja.

Otro avance importante es que se adelantan los efectos del Anteproyecto de Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, publicado el pasado mes de enero. Esto supone ampliar el ámbito subjetivo de personas beneficiarias de la Justicia gratuita y también los umbrales de renta para formar parte de este colectivo, que está exento del pago de tasas. Por otro lado, la nueva norma contempla devolver a los nuevos beneficiarios de Justicia gratuita las tasas pagadas desde el pasado 17 de diciembre hasta la entrada en vigor de las nuevas cuantías.

Multas de tráfico

Una de las principales quejas de los ciudadanos ha sido la elevada cuantía de las tasas para recurrir multas de tráfico, que en ocasiones implicaba pagar 200 euros de gravamen por una multa de 150.

El Ministerio ha rectificado esta situación de tal forma que en los procesos contenciosos relaticos a multas y otras sanciones administrativas, además de producirse la reducción del 80% de las tasas variables, se establece como límite de la tasa el 50% de la cuantía de las sanciones.

En las ejecuciones hipotecarias también se introducen cambios, eliminando por completo la posibilidad de que el ejecutado, o su avalista, de una vivienda habitual pague las tasas abonadas por el banco ejecutante en virtud de una condena en costas. El banco sí pagará en todo caso. También se suprimen las tasas en la ejecución de laudos arbitrales de consumo.

También los divorcios y separaciones quedarán exentos cuando sean de mutuo acuerdo. En caso contrario, se mantiene la tasa fija (150 euros), pero la parte variable, que hasta ahora se calculaba con todos los bienes en discusión entre los cónyuges, se le aplicará el criterio de cuantía indeterminada, que está fijado en 18.000 euros, lo que supondrá el pago de 18 euros (0,10%).

En el orden contencioso-administrativo, se equipara a los funcionarios públicos con los trabajadores, de forma que cuando actúen en defensa de sus derechos estatutarios siguen sin pagar tasas en primera instancia y tendrán una exención del 60 por ciento en la cuantía de la tasa que les corresponda por la interposición de los recursos de apelación y casación.

Entrada en vigor

Los ciudadanos podrán notar la rebaja de forma inmediata, ya que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, previsiblemente la semana que viene.

En esta ocasión, Justicia ha querido evitar los problemas surgidos en noviembre, cuando las tasas judiciales entraron en vigor sin que estuvieran listos los formularios de Hacienda, lo que retrasó su aplicación efectiva hasta el 17 de diciembre, después de que se publicara la correspondiente Orden Ministerial.

La solución que ha encontrado el Ministerio esta vez consiste en que las nuevas tarifas, más beneficiosas para los ciudadanos, se aplicarán inmediatamente, pero la tasa no se liquidará hasta que entre en vigor la Orden Ministerial de Hacienda. A partir de ese momento, se da un plazo de 15 días hábiles para efectuar el pago de las tasas pendientes. Para ello, el secretario judicial mandará una diligencia al afectado indicando que queda pendiente el pago.

Marcha atrás

Esta reforma supone una rectificación del Ministerio de Justicia, tan solo tres meses después de la instauración de las nuevas tasas judiciales. La marcha atrás fue anunciada por el ministro, Alberto Ruiz-Gallardón, tras su reunión con la Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, algo que ha sido criticado desde diversos colectivos que también habían propuesto a Justicia rectificar la medida.

El Ministerio ha explicado que esto se debe a que las propuestas planteadas por la Defensora del Pueblo eran constructivas, frente a las planteadas desde otros ámbitos que directamente exigían la eliminación total del modelo de fijación de tasas judiciales. Justicia insiste en que el modelo se mantiene y lo único que se hace son ajustes.

Cuando se introdujeron las nuevas tasas, en noviembre, Justicia calculó que la recaudación por este gravamen ascendería a 306 millones de euros. A pesar de la rebaja del 80% en la parte variable reconocida ahora por el Gobierno, los ingresos esperados sólo mermarán un 5%, ya que el cálculo inicial sólo tenía en cuenta las tasas fijas, pero éstas no se han recortado.

Según informó este jueves el Ministerio, en el mes de enero se recaudó 17,9 millones de euros. Sin embargo, una parte de esta cantidad tendrá que ser devuelta a los beneficiarios del nuevo sistema de Justicia gratuita, cuyos efectos se aplican de forma retroactiva.

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